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abogado y procurador en la vista del verbal

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Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #301219
    ybarra
    Participante

    Hola. Tengo la siguiente duda: entiendo que en los juicios verbales de cuantia superior a 900 euros, es necesario estar representado por procurador y asistido por abogado. Lo que no tengo claro es si la asistencia de estos profesionales es obligatoria en la vista del juicio o por el contrario es valido que las partes comparezcan por si mismas. Muchas gracias.

    #301220
    pepeolmo
    Participante

    Hola, Ybarra, pues a mi entender y segun lo expuesto en los arts. 23 y 31 de la LEC, es obligatoria la asistencia de procurador y abogado a la vista del juicio.
    Esperemos que alguien nos pueda confirmar esta cuestión.
    Saludos. 🙂

    #301221
    Anónimo
    Invitado

    Pepe, entiendo que estás en lo cierto, por aplicación de los preceptos que mencionas.
    Gracias por vuestras aportaciones a los foros de [url=http://www.opositas.com]www.opositas.com[/url]

    Saludos.

    #301222
    ybarra
    Participante

    Gracias por la respuesta. Lo unico que no entiendo muy bien, es que cuando la lec habla del acto del juicio en el procedimiento ordinario, dice que es preceptiva la presencia de abogado y procurador, pero cuando habla de la vista del verbal no dice nada.

    #301223
    Anónimo
    Invitado

    Entiendo que al ser preceptivos dichos profesionales, también habrán de asistir a la vista de los juicios verbales.
    Saludos.

    #301224
    Academia Opositas
    Participante

    Cuando el juicio verbal es por cantidad inferior a 900 euros, al no obligar la ley a tener abogado y procurador no es necesaria su asistencia a la vista del jucio, sin embargo en cantidades superiores al ser superior y la ley obligarte a tenerlos si es necesario. En cuanto a que digan que en el ordinario es preceptiva su asistencia es debido a que en los juicios ordinarios siempre tienen que tener las partes abogado y procurador, por eso es precepctiva, es decir, obligatoria. En el verbal dependiendo de la cantidad es opcional (hasta 900 euros) y obligatoria si es superior.

    #301225
    ybarra
    Participante

    Gracias por las respuestas. Ahora ya entiendo pq en el juicio ordinario dice que es preceptivo, y en la vista del verbal no dice nada.

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