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3º duda Registro Civil

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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    Entradas
  • #294122
    Academia Opositas
    Participante

    Hola de nuevo:

    Artículo 47.- En la inscripción de nacimiento constará la filiación materna siempre que en ella coincidan la declaración y el parte o comprobación reglamentaria.
    [color=blue][b]No constando de matrimonio de la madre ni el reconocimiento por ésta de la filiación[/b][/color], el encargado del Registro, sin demora, [b]notificará el asiento personalmente a la interesada o a sus herederos.[/b]

    Si primero dice que “no consta” matrimonio ni filiación, … es que …

    ¿cómo sabe a quien debe notificarselo el Encargado del Registro?

    Tal vez si me ponen un ejemplo lo entiendo mejor.

    Gracias 🙄

    #294123
    alvalen
    Participante

    El nacimiento se inscribe, dentro de plazo, en virtud de un doble título: la declaración (art. 42 LRC) y parte del médico o comadrona (art. 44 LRC).

    Si en la declaración y en el parte médico figura el nombre y apellidos de la madre se inscribirá la filiación materna, pero si no consta su matrimonio (en cuyo caso el hijo se presume del marido y habría que inscribir a éste como padre) o el reconocimiento de la madre el Encargado notificará personalmente a ésta la inscripción efectuada.

    Llamo la atención sobre el hecho de que el tercer párrafo del art. 47 LRC es inaplicable por insconstitucional según sentencia del Tribunal Supremo.

    #294124
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias de nuevo Alvalen,

    ¿por qué el párrafo 4º es considerado inconstitucional?

    Ya es en plan de curiosidad, porque sé que no es materia que corresponda a Justicia.

    Saludos y muchas gracias 😉

    #294125
    alvalen
    Participante

    Porque la Constitución reconoce a los hijos el derecho a conocer su origen, lo que quedaría imposibilitado si la madre, por su propia voluntad, pudiera bloquear su constancia en el Registro Civil

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