Hola,
Tengo una duda en cuanto al régimen general y régimen especial en cuanto a los funcionarios.
En el art 10 de regímenes especiales incluye a los f. públicos, civiles y militares, que se regirán por sus leyes específicas. Y los que se rigen por leyes específicas no se pueden incluir en el régimen general 10.5.
Pero en el art 136, en las letras k), l), m) y n) incluye también a personal funcionario.
Me resulta confuso esas letras del art 136.
Gracias, un saludo.