Hola MartadeLucas, buenos días
Entendemos que en el “concepto” Jueces o Magistrados sólo pueden nombrarse miembros de estos Cuerpos que se encuentren en servicio activo tal y como establece el artículo 566 de la L.O. 6/85 de 1 de Julio del Poder Judicial
Los miembros del Ministerio Fiscal, al ser juristas, entendemos que podrían ser designados en ese concepto
Gracias!