Según el art. 141 bis LEC “En los casos previstos en los dos artículos anteriores…cuando sea necesario para proteger el superior interés de los menores y para preservar su intimidad, deberán omitirse los datos personales…”
Los arts. 140 y 141 de la LEC no hacen mención al traslado de documentación a las partes, sino a terceros interesados, ¿entonces a las partes sí se les deberá facilitar los datos personales de los menores en virtud del derecho de defensa o tampoco? Gracias de antemano