Hola!!!!
Efectivamente en procedimiento penal las figuras de acusador privado y Ministerio Fiscal no co-existen salvo que hubiera personas menores o con la capacidad modificada judicialmente y sin representación Legal; estás en lo cierto
Sobre acusadores y su existencia tenéis la oportuna sesión tutorial que estoy convencido te será de gran ayuda
En cuanto a la segunda de tus “dudas”, estamos totalmente de acuerdo
Saludos y buen fin de semana.