BUENAS TARDES!
El tema está bien Angela. La cuestión es que anteriormente para poder recurrir en queja era necesario interponer con carácter previo reposición.
La regulación de las tasas no ha suprimido esa expresión y así, lógicamente, lo hemos dejado
De hecho en la tutoría realizada sobre recursos se dejó aclarado oportunamente
Saludos a tod@s