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intereses en la ejecución

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #327950
    Paula Espinar
    Participante

    ¿Puedes matizar la diferencia entre intereses remuneratorios e intereses moratorios y desde cuando proceden unos y otros?

    #327951
    Ana-Maria
    Participante

    Hola, Paula.

    Los [b]intereses remuneratorios[/b] resultan ser un porcentaje sobre el valor prestado que recibirá el acreedor durante el tiempo que está su dinero en poder del deudor,
    Por ejemplo: si el banco presta a Teresa 10,000 €, Teresa le tienes que devolver al banco ese dinero que le ha prestado más los intereses desde el día que se lo prestó al tipo pactado.
    Los intereses remuneratorios, a diferencia de los moratorios, sólo existen si se han pactado.

    Los [b]intereses moratorios[/b] son aquellos intereses sancionatorios, o en concepto de indemnización, por no pagar el deudor dentro del plazo pactado.
    Si seguimos con el ejemplo anterior: si Teresa no devuelve al banco el principal que le prestó (los 10,000 € ) más los intereses, [u]sobre eso[/u], se devengan los intereses moratorios, que normalmente son desde el día siguiente a la fecha del impago, y se calculan hasta que se haga efectivo el pago.

    Espero con esto lo tengas más claro.

    Un saludo.

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