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JUICIO RÁPIDO PENAL

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #322609
    ALMUDENA
    Participante

    Buenas tardes a tod@s!!

    Tengo un par de dudillas en el juicio rápido en penal:

    1. En la apertura del juicio oral el acusado puede prestar su conformidad ante el Juzgado de Guardia, siempre y cuando se cumpla unos requisitos; en caso de rechazar el juzgado de guardia la conformidad por no reunir los requisitos, la puede volver a plantear el acusado ante el Juzgado de lo Penal antes de practicar la prueba?

    2. En el caso de que el juzgado de Guardia acepte la conformidad, la sentencia puede ser recurrida ante el Juzgado de lo Penal?

    Hay una parte en el juicio oral que indica que las sentencias de conformidad únicamente serán recurribles cuando no hayan respetado los requisitos de conformidad, y no me queda claro si eso también se puede aplicar a la sentencia de conformidad ante el Juzgado de Guardia.

    Gracias por vuestro tiempo!!

    #322610
    esthal
    Participante

    Buenos días

    A mi también me surgió casi la misma duda y si por tanto en el juicio rápido ante el Juzgado de Instrucción de Guardia que ha realizado las diligencias urgentes no se diese los requisitos exigidos para la conformidad, plantearíamos la conformidad en el juicio ante el Juzgado de lo Penal

    Respecto a tu segunda duda se refiere a todas las sentencias de conformidad.

    Espero haberte aclarado algo

    Saludos

    #322611
    ALMUDENA
    Participante

    Muchas gracias!! 😀

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