Buenas tardes:
Respecto al test de anoche, tengo una duda en la pregunta nº 2: Cuando nos referimos a recurso de revisión, ¿aludimos al de sentencias firmes, o al directo de revisión ante el tribunal?. En mi caso, lo tomé como el primero de ellos y marqué la respuesta D, en base a que no se puede plantear el mismo una vez transcurridos cinco años desde la publicación de la sentencia, pero, al no haber una referencia legislativa en la respuesta, no lo termino de tener claro.
Gracias de antemano por vuestra colaboración.
Un saludo.