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JUSTICIA DE PAZ Y RECURSOS

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #320055
    NECHECO
    Participante

    Buenos días a todos, una preguntita que me surge al estar estudiando la justicia de paz. En el tema 9, ultimo epígrafe, se expone:

    “Los juzgados civiles conocerán de los recursos que establezca la ley contra las resoluciones de los Juzgados de paz del partido”

    En una llamada aparte, se explica el mismo diciendo que conocen de las sentencias y autos definitivos que dicten los jueces de paz. De los autos definitivos vale, pero de las sentencias? Si los jueces de paz solo tienen competencia cuando la cuantía no exceda de 90 euros y las sentencias de cuantía inferior a 3000 no son apelables? Algo se me escapa, me ayudáis por fa?

    Gracias ☺️

    #320056
    ceg
    Participante

    Hola Necheco. Estás en lo cierto

    Los pleitos verbales de hasta 3000 euros no son recurribles. Hemos dejado la llamada por si acaso modificaran la cuestión, pero efectivamente….

    Los Juzgados de Paz solo conocen de verbales hasta 90 euros
    los verbales de hasta 3000 euros son irrecurribles

    Buenísima tu apreciación

    Gracias

    #320057
    LN30
    Participante

    Gracias Necheco por plantear la duda, porque no he reparado en ese detalle. Saludos.

    #320058
    aliche74
    Participante

    Gracias Necheco por plantear ese detalle. Saludos

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