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Duda tema 27-tramitación

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #319691
    rafael
    Participante

    Buenas tardes,

    Pag 8 y 9, ¿Qué diferencia hay entre oficios o exposiciones y atentos oficios?

    Gracias
    Un saludo

    #319692
    Anónimo
    Invitado

    Hola Rafa:

    Vamos con estas dudas de ahora

    En la Ley de Enjuiciamiento Criminal diferenciamos entre oficio y exposición y dedicamos “exposición” para dirigirnos a….
    [i]Los Jueces y Tribunales se dirigirán en forma de exposición por conducto del Mi-nisterio de Gracia y Justicia, a los Cuerpos Colegisladores y a los Ministros de la Corona, tanto para que auxilien a la Administración de Justicia en sus propias funciones como para que obliguen a las Autoridades, sus subordinadas, a que suministren los datos o presten los servicios que se les hubieren pedido.[/i]

    Lo encontramos en el artículo 196 de la LECr.

    Dicho ello, por favor, mucho cuidado con las mismas situaciones en “procesos civiles”, en los que siempre usaremos oficios, sin que existan las exposiciones

    Saludos

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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