La administración tiene que ejecutar un hecho porque por ejemplo así lo reconoce el derecho en favor del administrado supongamos en vía administrativa y no lo hace, pues tu puedes acudir a la vía contenciosa a reclamárselo, y la vía de hecho la administración construye una autopista (una utopía para los tiempos que corren) te coge un pedazo de tu finca sin haber realizado un expediente de expropiación, por lo tanto “te lo ha robado” debemos tener en cuenta que la administración no roba, lo que roban son los políticos jejejeje, pues ha actuado vía de hecho, se ha saltado a la torera los procedimientos legales, al menos eso es lo que entiendo.