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5 febrero, 2014 a las 5:03 pm #318163
sanacuParticipanteCuanto hay q depositar el 30 o 5%??? Graciass
5 febrero, 2014 a las 5:50 pm #318164
rociogomezParticipanteHola sanacu,
no se exactamente a lo que te refieres, pero si es el porcentaje que los postores deben de depositar para tomar parte en la subasta, es el 20% del valor que se le haya dado a los bienes.
saludos Rocío
5 febrero, 2014 a las 9:57 pm #318165
sanacuParticipanteSi, me refiero a eso, graciassss
5 febrero, 2014 a las 10:36 pm #318166
LN30ParticipanteBuenas noches, no es el 5% del precio el que se tiene que depositar?. Gracias. Saludos.
6 febrero, 2014 a las 11:10 am #318167
aliche74ParticipanteHola Compañeras:
Para las subastas de bienes muebles los postores deberán depositar el 5% del valor de tasación. En el art 647 LEC se contemplaba antes el porcentaje del 20% pero este articulo fué modifica, por” ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, restructuración de deuda y alquiler social.
Sin embargo para las subastas de bienes inmuebles, los postores deberán depositar el 20% del valor de tasación. Este articulo no ha sido modificado por la citada ley.Saludos6 febrero, 2014 a las 11:23 am #318168
mariajesus_85ParticipanteBuenos días yo creo que es el 5% para ambas tanto para muebles como inmuebles.
6 febrero, 2014 a las 1:30 pm #318169
limartixParticipanteHola compis!!
Yo tambien pienso que es el 5% en ambas subastas.
A ver si Baldo nos lo aclara…
Animooooo
Bss
6 febrero, 2014 a las 3:53 pm #318170
aliche74ParticipanteHola compañeros
Ante tanto debate sobre el depósito que deben realizar lo licitadores tanto en las subastas de bienes muebles como inmuebles, si es cierto lo que dicen algunos de mis compañeros, se debe de consignar en ambas el 5% del valor de tasación.
Perdonad, pero no he estado al tanto de la última reforma. Alguién por favor, me podria indicar, qué ley modificó el articulo 669 de la LEC, por que en la ley 1/2013 de 14 de Mayo de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, modificó el porcentanje para participar en la subasta de bienes muebles, pero no se pronunció sobre el porcentaje para participar en la subasta de bienes inmuebles . Gracias.6 febrero, 2014 a las 4:00 pm #318171
mariajesus_85ParticipanteTe copio y pego:
Redactado por la disposición final tercera del R.D.-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación («B.O.E.» 29 junio).Vigencia: 30 junio 2013
saludos
6 febrero, 2014 a las 4:58 pm #318172
aliche74ParticipanteMuchas Gracias Maria Jesús. Ya lo tengo claro y espero que mis compañeros también. Saludos
6 febrero, 2014 a las 5:07 pm #318173
AnónimoInvitadoQueda contestada, perfectamente jóvenes
Saludos
6 febrero, 2014 a las 6:59 pm #318174
rociogomezParticipantegracias por la aclaración lo tenía confundido.
saludos
6 febrero, 2014 a las 9:07 pm #318175
LN30ParticipanteYo pienso al igual que el resto de compañeras, creo que es tanto para bienes muebles e inmuebles un 5% del valor de la tasación. Saludos. 😀
7 febrero, 2014 a las 7:11 am #318176
sanacuParticipanteGraciass a todos bss
9 febrero, 2014 a las 5:47 pm #318177
BoudicaParticipantePerdonad mi torpeza pero a mi no me queda claro…. 😳
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