Foros OPOSITAS

Duda ejec. provisional

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 13 entradas - de la 1 a la 13 (de un total de 13)
  • Autor
    Entradas
  • #312196
    ebcorral
    Participante

    Hola me estoy liando:
    Si una sentencia es apelable en ambos efectos¿cabe la ejecuón provisional?

    #312197
    isaac
    Participante

    Hay que distinguir entre el efecto devolutivo y el efecto suspensivo, si el recurso se admite en ambos efectos quiere decir que conoce del recurso el organo inmediato superior al que hubiere dictado la resolución, y ademas la eficacia de esa resolución queda en suspenso hasta que se decida sobre el recurso interpuesto.

    #312198
    ebcorral
    Participante

    ¿Se podría pedir ejecución provisional? Gracias

    #312199
    Epc00011
    Participante

    Si, al quedar en suspenso la eficacia de la resolución recurrida

    #312200
    isaac
    Participante

    Como se va a poder pedir la ejecucion provisonal de una sentencia, cuya eficacia queda en suspenso.

    #312201
    Epc00011
    Participante

    Al suspenderse la efectividad de la resolución, puesto que se admite el efecto suspensivo, la parte si que podrá instar la ejecución provisional.

    Así lo entendí yo en el tema de recursos.

    #312202
    isaac
    Participante

    Que artículo en concreto de la Ley de Enjuiciamiento Civil dice eso?

    #312203
    ebcorral
    Participante

    Yo lo único que sé es que hay veces que se puede pedir y otras no, pero no sé de que depende

    #312204
    deme69
    Participante

    En los arts. 525 al 534 encontrarás todo lo referente a la ejecución provisional. Verás que hay algunas que no se pueden ejectar provisionalmente, art. 525.

    #312205
    Epc00011
    Participante

    Artículo 456. Ámbito y efectos del recurso de apelación.

    2. La apelación contra sentencias desestimatorias de la demanda y contra autos que pongan fin al proceso carecerá de efectos suspensivos, sin que, en ningún caso, proceda actuar en sentido contrario a lo que se hubiese resuelto.

    3. Las sentencias estimatorias de la demanda, contra las que se interponga el recurso de apelación, tendrán, según la naturaleza y contenido de sus pronunciamientos, la eficacia que establece el Título II del Libro III de esta Ley. (es decir, cabe ejecución provisional, puesto que se admite el recurso en ambos efectos, quiere decir que también se admite el efecto suspensivo). Al suspenderse la efectividad de la resolución recurrida, la parte puede instar la ejecución provisional si se dan los presupuestos para la ejecución provisional.

    #312206
    Epc00011
    Participante

    Cuando se admite en un solo efecto, al no tener efectos suspensivos, no es necesaria la ejecución provisional, puesto que la resolución se lleva a efecto pese al recurso.

    #312207
    Epc00011
    Participante

    Y si has llevado acabo la ejecución provisional, luego están los artículos 532 al 534, que hablan de la revocación o confirmación de la sentencia provisionalmente ejecutada.

    #312208
    Anónimo
    Invitado

    Veamos si puedo ayudar un poquito en el post que habeis abierto.

    Como bien se indica, los recursos de apelación se pueden admitir con o sin efectos suspensivos.

    En caso de admitirse sin efectos suspensivos, la resolución no deja de ejecutarse, ya que la interposición del recurso no impide que se lleve a cabo

    Por contra, cuando el recurso de apelación se admite con efectos suspensivos, o ambos efectos como también se suele indicar, la ejecución de la resolución se suspende.

    Bien, es ahí donde nace el concepto de ejecución provisional, ya que la Ley Permite que en determinadas situaciones pueda llevarse a cabo la ejecución que se ha paralizado para salvaguardar los derechos del que obtuvo una sentencia a su favor

    Hemos de dominar las materias que no pueden ser objeto de ejecución provisional, puesto que es posible pregunta de examen

    Por lo demás los actos de ejecución provisional son similares a los de ejecución definitiva, con algunas modificaciones

    Finalmente debemos tomar en consideración las situaciones que se producen en casos de revocacion total o particial de las sentencias ejecutadas provisionalmente

    Saludos

Viendo 13 entradas - de la 1 a la 13 (de un total de 13)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS