Hola.
Te doy mi opinión respecto a ambas preguntas.
Respecto a la primera cuestión, el intérprete será nombrado, tanto en fase de instrucción como en fase de juicio oral, por el Juez que instruya la causa o que conozca del asunto. La LECrm. no lo establece claramente, pero debido a que la actividad judicial es determinante en el ámbito penal, todas las decisiones que incidan en el ámbito de las garantías procesales las resuelve el juez.
Respecto a la segunta cuestión, para la entrada en todo lugar cerrado es necesaria resolución judicial motivada, esto es, AUTO. Salvo que medie el consentimiento del afectado.
Un saludo.