Foros OPOSITAS

Reforma tema 16 página 18

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • #307646
    maymona69
    Participante

    Hola,
    He visto que la parte de la cuantía del tema 16 no está modificada.
    Se supone que debería recoger esta reforma:

    El Tribunal no estará vinculado por el tipo de juicio solicitado en la demanda. (Aptado 1º modificado por Ley 13/2009, de 3 de noviembre)
    2. Si, en contra de lo señalado por el actor, el Secretario judicial considera que la demanda es de cuantía inestimable o no determinable, ni aun en forma relativa, y que por tanto no procede seguir los cauces del juicio verbal, deberá, mediante diligencia, dar de oficio al asunto la tramitación del juicio ordinario, en todo caso que conste la designación de procurador y la firma de abogado (Aptado 2º modificado por Ley 13/2009, de 3 de noviembre)

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