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PAGARÉ(TÍTULO CAMBIARIO)

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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  • Autor
    Entradas
  • #304349
    Academia Opositas
    Participante

    ¿Cuál de los siguientes no es requisito que debe contener el pagaré para ser considerado título cambiario?

    A- FECHA DE LA FIRMA

    B- VENCIMIENTO

    C- NOMBRE DE QUIEN HA DE PAGAR(LIBRADO)

    D- FIRMA DEL QUE EMITE EL PAGARÉ

    uN SALUDO

    #304350
    Anónimo
    Invitado

    Hola “celtibero”. Entendemos que por aplicación del artículo 94 de la Ley Cambiaria y del Cheque (que después transcribimos), al respuesta correcta es la b.

    [quote]

    Artículo 94.

    El pagaré deberá contener:

    La denominación de pagaré inserta en el texto mismo del título y expresada en el idioma empleado para la redacción de dicho título.

    La promesa pura y simple de pagar una cantidad determinada en pesetas o moneda extranjera convertible admitida a cotización oficial.

    La indicación del vencimiento.

    El lugar en que el pago haya de efectuarse.

    El nombre de la persona a quien haya de hacerse el pago o a cuya orden se haya de efectuar.

    La fecha y el lugar en que se firme el pagaré.

    La firma del que emite el título, denominado firmante.

    [/quote]

    Saludos.

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