Creo que debes de referirte al artº787 de la LECr, aqui se habal de la conformidad en los procedimientos abreviados, tanto en los casos en que se enjuicien ante el Juzgado de lo Penal o de la Audiencia. El texto de la ley permite la conformidad con penas que no excedan de seis años de prisión, reiterando el límite que señala el artº 793.3.
En los juicios rápidos es en el artº 801 donde se habla de las sentencias de conformidad en los cuales deben de concurrir una serie de requisitos, si te fijas aqui se habla de delitos cuya pena aya sido calificada de hasta 3 años ..(apartado2º).
Apartado 3º. Que, tratandose de pena privativa de libertad, la pena solicitada o la suma de las penas solicitadas no supere, reducida en un tercio, los dos ños de prisión.
En el apartado 3º hace referencia al artº citado 787, y el artº789, en la que se dice que se impondrá la pena solicitada reducida en un tercio, aun cuando suponga la imposición de una pena inferior al limite mínimo previsto en el Codigo Penal.
Espero que te quede aclarada tu duda, de todas formas si algo no te queda claro no dudes en ponerlo en el foro.
Esta el mi humilde opinion salvo mejor parecer.