Foros OPOSITAS

Asuntos particulares

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #290338
    franjocado
    Participante

    Tal y como vimos ayer en clase, hubo una duda sobre cuántos días de asuntos particulares tenemos actualmente los funcionarios de justicia.

    Ya sabemos que la LOPJ nos remite a la legislación estatal en materia de permisos y licencias, pero en este caso, es la propia LOPJ la que determina el número de días de asuntos particulares que disponemos y por tanto, no tenemos que acudir a lo que dice la normativa estatal.

    Debemos irnos al art. 503 LOPJ que dice lo siguiente:

    Por causas justificadas, los funcionarios tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración General del Estado, con excepción del permiso por asuntos particulares que [u][b]tendrá una duración de nueve días[/b][/u], los cuales no podrán acumularse en ningún caso a las vacaciones anuales retribuidas.

    #290339
    gfl1973
    Participante

    Gracias.

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