Hola,
Bueno, si te vas al Libro II de la Lecrim, que tiene por título “Del sumario”, en el artículo 299, que está dentro del título dedicado a la instrucción, se dice que “constituyen el sumario las actuaciones encaminadas a preparar el juicio y practicadas para averiguar y hacer constar la perpetración de los delitos con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación, y la culpabilidad de los delincuentes, asegurando sus personas y las responsabilidades pecuniarias de los mismos”.
En definitiva, “sumario” es el nombre que se le da a la instrucción de una causa criminal que siga los trámites del procedimiento ordinario penal.