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El silencio, no es ni más ni menos, que la falta de respuesta por parte de la Administración a nuestra solicitud, instancia, reclamación… presentada en tiempo y forma.
Ante esta ausencia de respuesta, el silencio, es una garantía para los administrados.
La legislación administrativa le otorga un significado a esta ausencia de respuesta, que podrá ser:

  • Silencio negativo: se entiende desestimada nuestra solicitud, instancia, escrito….
  • Silencio  positivo: se entiende estimadas nuestras pretensiones.
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