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Excepción o causa de oposición que el ejecutado puede oponer en el proceso de ejecución en virtud de la cual alega que se le está reclamando mayor cantidad de la que, según su parecer, es realmente adeudada.

Tengamos especial atención a lo que sobre ello establece el artículo 557 y 558 de la Ley 1/2.000 de Enjuiciamiento Civil

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