El Juicio sumario es aquel en el que la Ley limita el contenido y el objeto de la contienda + las causas de oposición a la demanda.
Su finalización NO impide abrir nuevo juicio posterior (NO cosa juzgada).
El Juicio sumario es aquel en el que la Ley limita el contenido y el objeto de la contienda + las causas de oposición a la demanda.
Su finalización NO impide abrir nuevo juicio posterior (NO cosa juzgada).