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Se entiende por estado civil la posición jurídica que una persona ocupa en la sociedad; es decir, el conjunto de calidades que una persona posee y que sirven de base para atribuirle determinados derechos y obligaciones civiles.

Relevancia sobre ello el art. 9 y 1814 del Código Civil así como también La Ley de Registro Civil en cuyo artículo 1 se establece En el Registro Civil se inscribirán los hechos concernientes al estado civil de las personas y aquellos otros que determina la Ley.

El estado civil puede definirse como: el conjunto de circunstancias concurrentes en las personas que o bien determinan su capacidad de obrar (edad, incapacitación) o bien actúan como centro de atribución de derechos y deberes específicos, ya sea por su pertenencia a una comunidad estatal o foral (nacionalidad y vecindad —status civitatis—), ya sea por su pertenencia a una comunidad familiar (matrimonio y filiación —status familiae—).

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