Hola,
me he armado de valor, y estoy con el repaso gordo de la 30/92, a ver cuánto me duran las fuerzas 😯 😯 😯
mi duda es si la suplencia de los titulares de los órganos directivos se tiene que publicar en un diario oficial o no. (Suplencia, art. 17 30/92). En la ley no lo veo 😯 😯 😯
a ver si lo véis vosotros!!!
Saludos