Hola pocoApoco.
No es como tu dices. Repasemos los apartados 2 y 5 del artículo 69 de la Constitución:
69.2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica.
69.5. Las Comunidades Autónomas designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación corresponderá a la Asamblea legislativa o, en su defecto, al órgano colegiado superior de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo que establezcan los estatutos, que asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional.
Esto significa:
1º.- A cada provincia le corresponden 4 Senadores elegidos por los votantes mediante sufragio (acuérdate que cuando votas en las elecciones generales hay dos sobres. En uno votas para el Congreso y en otro para el Senado)
2º.- Cada Asamblea legislativa de Comunidad Autónoma (en nuestro caso las Cortes de Castilla-La Mancha) designa a un Senador y además, designa a otros tantos senadores por cada millón de habitantes de Castilla-La Mancha.
Por ejemplo supongamos que Castilla-La Mancha tiene 2.650.000 habitantes. Entonces las Cortes de Castilla-La Mancha pueden designar a 1+2 = 3 Senadores. Pero a los Senadores que corresponden a cada provincia de Castilla-La Mancha los eligen los votantes.
¿Alguna duda?