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25 octubre, 2004 a las 10:46 am #366395
epa2
Participante¡¡¡hola de nuevo!!!
mira, echando un vistazo en la ley de funcionarios civiles del estado, me he encontrado con lo siguiente:
Artículo 41
Los funcionarios se hallan en situación de servicio activo:
[quote]
d)Cuando les haya sido conferida una comisión de servicios de carácter temporal para participiar en misiones de cooperación internacional al servicio de Organismos nternacionales, Entidades o Gobiernos extranjeros, con autorización del Ministro de quien dependan y previo informe de la Comisión Superior de Personal, con audiencia en todo caso del Ministerio de Asunto Exteriores . Esta comisión de servicio no dará lugar a dietas y salvo casos excepcionales no tendrá una duración superior a 6 meses”[/quote]
uffff, entonces, duda resulta, tenías tu razón Beatriz, (en parte), SIGUEN en servicio Activo, por estar en la comisión de servicios
bueno, duda resuelta 😉
Pues sí, veremos a ver esta semanita como la terminamos, pero me huelo que será más de lo mismo, en fin, a pegarle cada uno con las fuerzas que tenga,
¡¡¡¡estoy deseando que llegue el chat del jueves!!!!
¡¡¡a ver quien se lleva el premio, por que yo el otro día vamos, como que no ….. 😳 !!!!!nos vemos
25 octubre, 2004 a las 10:48 am #366396epa2
Participante¡¡¡que rapida beatriz!!!
se ha colado tu post antes que el mio 😀
25 octubre, 2004 a las 2:31 pm #366397epa2
ParticipanteOtra dudilla de este tema maldito 😈 a ver…
en la pregunta número 35 reza así:
[quote]
El reingreso al servicio activo desde la excedencia por agrupación familiar deberá solicitarse en el plazo de:
a) 20 días
b) 1 mes
c) 40 días
d) Todas son falsas
[/quote]Se da como válida la D, pero que yo recuerde de la excedencia por la agrupación familiar es que era un mínimo de 2 años hasta un máximo de 15 años y luego para solicitar el ingreso de nuevo debía hacerse en el plazo de un mes a partir de la solicitud.
Corregirme si me equivoco, please
nos vemos.
25 octubre, 2004 a las 2:55 pm #366398Academia Opositas
Participantelo de 2 años minimo y 15 maximo yo tambien lo tengo asi.
Pero en lo de la pregunta yo solo tengo que pasados los años debera solicitar reingreso sino excedencia voluntaria por interes particular.
Tienes razon, se me hace raro que no ponga fecha para pedir reingreso, esperaremos por si alguien nos lo confirma.
Puf! hoy empece con presupuetos y ando agobiada, creo que lo dejo hasta mañana. Un saludo.
25 octubre, 2004 a las 3:01 pm #366399kira
ParticipanteHola a todos,
Os cuento lo que tengo yo, el periodo de duración de esta excedencia es minimo de 2 años y maximo de 15. Y no da plazo para solicitar reingreso sólo dice que hay que pedirlo antes de que finalice el plazo máximo que te han concedido.
El plazo que dices tú epa (1 mes) es para laborales si no me equivoco.De todas maneras esperemos que nos lo confirmen definitivo
Un saludo, nos vemos
25 octubre, 2004 a las 3:05 pm #366400Academia Opositas
ParticipanteGracia kira, debe de ser asi pq tenemos lo mismo.
Un saludo.
25 octubre, 2004 a las 3:36 pm #366401epa2
ParticipanteUffff. otra vez me he vuelto a confundir con los laborales 😈
vamos, funcionarios y laborales me traen de cabeza.
Gracias a las dos por ayudarme.
nos vemos pronto.
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