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Potestad sancionadora

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #377375
    majohuga
    Participante

    Hola a todos.

    ¿Un reglamento puede atribuir expresamente el ejercicio de potestad sancionadora a un órgano administrativo?.

    Muchas gracias por adelantado.

    Un saludo.

    #377376
    Academia Opositas
    Participante

    Hola majohuga:

    Efectivamente tal como nos indica el artículo 134.1 de la Ley 30/92, el ejercicio de la potestad sancionadora requerirá procedimiento legal o reglamentariamente establecido. Es decir, se puede establecer tanto por ley como mediante un reglamento.

    Espero haberte ayudado.

    Un saludo

    #377377
    majohuga
    Participante

    Perfecto, Bo. Gracias por indicar el artículo donde aparece recogido.

    Duda resuelta.

    Ahora que viene al caso, creo que, sin embargo, un reglamento no puede establecer tributos ya que esto es reserva de ley. ¿Es así?.

    Muchas gracias y un saludo.

    #377378
    Academia Opositas
    Participante

    Hola majohuga, según el artículo 133 de la C.E. y los artículos 7 y 8 de la Ley 58/2003 General Tributaria de 17 de diciembre, los tributos se establecen mediante ley, y los reglamentos pueden desarrollar estas leyes.

    Espero haber aclarado tu duda.

    Un saludo

    #377379
    majohuga
    Participante

    Muchas gracias, Bo.

    Creo que me lo has aclarado.

    Los reglamentos no pueden establecer tributos.

    Un saludo.

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