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23 febrero, 2006 a las 11:13 pm #368120
Academia Opositas
ParticipanteAlguien me podria decir cuantos dias de permiso por asuntos propios tienen los funcionarios, es que en algunos sitios veo que son 10 pero obligatoriamente dos son el 24 y el 31 de diciembre,(¿por lo tanto serian 8?) en otros sitios veo que son 6 dias y la verdad es que estoy hecha un lio, ya he mirado la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que es donde se supone que se regulan los permisos, pero los veo todos menos los de asuntos particulares. ¿Alguien me lo puede resolver, o decirme en que articulo de que ley o lo que sea están reguladosestos permisos? Gracias.
24 febrero, 2006 a las 5:54 am #368121epa2
ParticipanteBuenos dias vero78
pues mira,,, tu citas la Ley 30/1984, de 2 de agosto, si estás estudiando para auxiliar administrativo para la mancha,,, esa ley es aplicable,, por lo tanto,,,, tendrás que coger los famosos 6 días por asuntos particulares + 3 días que le añade el decreto de castilla la mancha,,,, te digo todo esto echando mano a mi memoria, pues cuando en su dia me preparé estas oposiciones de la mancha, creo recordar que los funcionarios disfrutaban de 9 días por asuntos particulares… de todas maneras, echa un vistazo a la zona de legislación actualizada sobre Castilla la Mancha en esta web, seguro que ahí encontrarás el decreto que regula este tema….
a ver si alguien con mas sabiduría puede ayudarte mejor que yo…..
nos vemos pronto, prontitoooooooooo
24 febrero, 2006 a las 9:51 am #368122Academia Opositas
ParticipanteMuchas Gracias Epa2 por tu ayuda, ya me lo has aclarado un poco,pero ya rematariamos la faena si me dijeras (Tu o quien lo sepa) cual es ese decreto para mirar lo de los dias… o donde lo puedo encontrar. Gracias
24 febrero, 2006 a las 10:38 am #368123Academia Opositas
ParticipanteHola Vero78.
El permiso por asuntos particulares para personal funcionario, está regulado en la Junta por el artículo 11 de la Orden del 12-5-1989 de la Consejería de Administraciones Públicas, según la nueva redacción dada por la Orden de 24-6-2003, que dice lo siguiente:
“Los funcionarios tendrán derecho a disfrutar de diez días anuales por asuntos particulares o de los días que en proporción correspondan si el tiempo de prestación de servicios fuese inferior al año, los cuales se disfrutarán de la siguiente manera:
a) Ocho días que podrán disfrutarse a elección del funcionario a lo largo del año y hasta el 31 de enero del año siguiente, siempre que ello sea compatible con las necesidades del servicio.b) Dos días que coincidirán con el 24 y 31 de diciembre ….. Cuando el 24 y el 31 se correspondan con sábados o domingos, los días de libre elección se incrementarán en dos.”
CONCLUSIÓN: días por asuntos propios son 10 (8+2)
Un saludo
24 febrero, 2006 a las 11:58 am #368124Academia Opositas
ParticipanteMuchisimas Gracias Ziberopo, ahora ya está totalmente aclarado.
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