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LEY 30/92 ARTICULO 12.2

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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #378298
    mardeluna82
    Participante

    hola cr en la ley 30/92 del articulo 12″competencia”,dice testualmete en el 12.2 la encomienda de gestion, la delegacion de firma y la suplencia no suponen alteracion de la titularidad de la competencia aunque SI DE LOS ELEMENTOS DETERMINATES DE SU EJERCICIO QUE EN CADA CASO SE PREVEN.Lo que te he puesto en mayuscula no se realmete a lo que se refiere si me lo pudieras explicar con algun ejemplo para si entenderlo mejor te lo agradeceria.
    felices fiestas y un saludo.

    #378299
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Mardeluna82:

    Supongamos que se le encomienda a un determinado funcionario una gestión determinada (una encomienda de gestión).

    ¿Ese funcionario va a ser ahora el titular competente de esa gestión? No. Sólamente va a encargarse de su ejercicio (lo que la ley nos dice como los “elementos determinantes de su ejercicio”, que dicho de otra forma es “lo que realmente hay que hacer”).

    Por lo tanto, el competente para hacer la función va a seguir siendo el mismo pero, por la encomienda de gestión, se va a encargar realmente otro de hacerla.

    Espero haberte ayudado.

    Un saludo

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