Hola agusopositor, si observas con detenimiento, no hay contradicción entre lo que expone un temario y otro.
En el tema que hemos elaborado en Opositas, nuestra intención ha sido remitirnos al artículo 9 la Ley 3/88 de la Función Pública de Castilla-La Mancha, donde dice que los órganos superiores en materia de personal en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha son: el Consejo de Gobierno, el Titular de la Consejería competente en materia de personal y el Consejo Regional de Función Pública.
Y en el temario de la JCCM para Ordenanzas, nos habla del Consejo de Gobierno, de la Consejería competente en materia de personal (que actualmente sería la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas), y el Consejo de la Función Pública de Castilla-La Mancha (que es lo mismo que decir Consejo Regional de la Función Pública).
Espero haber aclarado tu duda.
Un saludo