Eso es, guari. De hecho, cuando se deciden crear los Estatutos de Autonomía, en ellos deben indicarse las competencias que inicialmente asumen de las que recoge la Constitución como asumibles.
En el caso en que una Comunidad decidiera asumir más competencias sería necesario dejar transcurrir ese plazo de cinco años, salvo aquella que hubieran accedido a su autonomía por la vía rápida.
Recibe un saludo.