Buenas noches, respecto al tema de responsabilidad patrimonial me surge una duda respecto a quien fija el importe de las indemnizaciones. ¿Quién las fija?
Según el artículo 33.8 “El Consejo de Ministros fijará el importe de las indemnizaciones que proceda abonar cuando el Tribunal Constitucional haya declarado, a instancia de parte interesada, la existencia de un funcionamiento anormal en la tramitación de los recursos de amparo o de las cuestiones de inconstitucionalidad.
El procedimiento para fijar el importe de las indemnizaciones se tramitará por el Ministerio de Justicia, con audiencia al Consejo de Estado”.
Por un lado nombra al Consejo de Ministros y por otro lado al Ministerio de Justicia.