Buenas tardes, trasladamos la siguiente duda de una alumna relativa al TSJA:
Buenos días, en el tema 4, pagina 23 dice”Los Presidentes de Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía serán nombrados a propuesta del Consejo General del Poder Judicial y con la participación del Consejo de Justicia de Andalucía.
¿Quién los nombra? ¿El Consejo General del Poder Judicial o el Rey?
Gracias
RESPUESTA:
Por un lado esta el Presidente del TSJA, el cual, lo será también de su sala de lo civil y penal.
Es nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, con la participación del Consejo de Justicia de Andalucía
Por otro lado, están los Presidentes de Sala
Son nombrados por el Consejo General del Poder Judicial, con la participación del Consejo de Justicia de Andalucía.
Fíjate en lo que dice el artículo 143 del Estatuto de Autonomía de Andalucía:
Artículo 143. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia y el Fiscal Superior de Andalucía.
“1. El Presidente o Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es el representante del Poder Judicial en Andalucía. Es nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial con la participación del Consejo de Justicia de Andalucía en los términos que establezca la Ley Orgánica del Poder Judicial. El Presidente o Presidenta de la Junta de Andalucía ordenará la publicación de dicho nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Los Presidentes de Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía serán nombrados a propuesta del Consejo General del Poder Judicial y con la participación del Consejo de Justicia de Andalucía en los términos que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial.”
Saludos.