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DUDA DE UN ALUMN@

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #380957
    junta-andalucia
    Participante

    Siguiendo con el mismo decreto 2/2002, el art. 43 :habla en su párrafo
    > primero que la competencia para efectuar la convocatoria y resolución
    > de los concursos corresponde a los titulares de las consejerías para
    > los servicios centrales y para la delegación prov. de Sevilla. En su
    > parrafo segundo se lo atribuye a las Delegaciones prov. de la Consej.
    > de Hac. y Adm. pub. para el personal funcionario en el ámbito de la
    > provincia. Y en el último habla de la Consej. de Hac. y Adm. púb.
    > procederá a la convocatoria y resolución de los concursos. ¿Me
    > puedes explicar con algún ejemplo en que casos la competencia
    > corresponde a uno u otro de los mencionados? es que no la veo clara.

    TE EXPLICO CON UN EJEMPLO:

    -CONCURSO DE MÉRITOS CONVOCADO POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y DESARROLLO RURAL. AMBITO DE APLICACIÓN: PUESTOS ADSCRITOS A DICHOS SERVICIOS CENTRALES DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y DESARROLLO RURAL, ASÍ COMO LOS PUESTOS ADSCRITOS A LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CITADA CONSEJERÍA EN LA PROVINCIA DE SEVILLA.

    -EN EL CASO DEL CONCURSO DE MÉRITOS EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, SERÁ EL DELEGADO DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCIA EN DICHA PROVINCIAL EL QUE PROCEDA A LA CONVOCATORIA Y RESOLUCIÓN DEL CONCURSO DE MÉRITOS EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, EN EL CUAL SE INCLUIRÁN TODOS LOS PUESTOS ADSCRITOS A LAS DISTINTAS DELEGACIONES TERRITORIALES DE TODAS LAS CONSEJERÍAS.

    -EL SUPUESTO DEL ART. 38.3 SE REFIERE A UNA POSIBILIDAD EXCEPCIONAL DE QUE SE CONVOQUEN LOS LLAMADOS CONCURSO UNITARIOS PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS BÁSICOS ADSCRITOS A DISTINTAS CONSEJERÍAS, ASÍC COMO PARA AQUÉLLOS QUE POR SU CARÁCTER NO SINGULARIZADO, PERMITAN UNA CONVOCATORIA UNIFICADA.

    SALUDOS.

    #380958
    srlapaz
    Participante

    Vamos a ver…
    Entonces siguiendo con el ej: para el párrafo primero, cuales son los serviciós centrales de la Consej. de Agricultura, estos donde están en Sevilla únicamente? porque si ya fuera para la Consejería. de Agr. en la Delegación de Córdoba ahí ya pasaría a convocar y resolver la Delegación prov. de la Consej. de Hac. y Adm. púb. de esa provincia, no?¿o es en este último caso el Delegado de Gobierno el que convoca y resuelve como dices en el ejemplo en lugar de ser el delegado de hac. y adm. púb?

    #380959
    junta-andalucia
    Participante

    Cuando nos referimos a los Servicios Centrales de la Consejería (en el ej. Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural), estamos hablando de la sede/s administrativas ubicadas en Sevilla.
    Si hablamos de la convocatoria y resolución del concurso de méritos de la D.T. de Agricultura, Pesca y D. Rural en Córdoba, así como de las demás Delegaciones Territoriales existentes en la provincia de Córdoba, será la Delegación del Gobierno en Córdoba el órgano competente para ello, al asumir las funciones en el ámbito provincial de varias Consejerías, entre ellas la Consejería de Hacienda y Administraciónes Públicas.

    #380960
    srlapaz
    Participante

    ¿ y esto de que la Delegación de Gobierno asume las funciones en el ámbito provincial de varias Consejerías donde viene? porque en el tema no viene nada de esto.

    #380961
    junta-andalucia
    Participante

    Buenas noches.
    Lo relativo a la estructura provincial de la Administración de la Junta de Andalucía se encuentra en el tema 7 del temario.
    En relación a ello podrás ver como el Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, Artículo Único, Modificación del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, indica lo siguiente:

    Uno. La disposición adicional tercera pasa a tener la siguiente redacción:

    «Disposición adicional tercera. Adscripción de servicios periféricos a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.

    A las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía se les adscriben los servicios periféricos de las Consejerías de:

    – Presidencia y Administración Local.

    – Hacienda y Administración Pública.

    – Justicia e Interior.»

    Saludos.

    #380962
    srlapaz
    Participante

    ok, muchas gracias

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