hola , chic@, tengo una dudilla a ver si me la aclarais , en la pregunta
45. ¿quién es competente para disponer la emisión de Deuda Pública, cuando haya sido autorizadas por una Ley?
a)Consejo de Ministros
b) Presidente del gobierno
Dan como correcta la respuesta a
pero resulta que viendo el art 135 CE dice el gobierno
luego , mirando la LOFAGE art 5 .g. nos dice que es una competencia del consejo de ministro
pues esa es mi duda
saluditos , y muchas gracias 😉 😉