Hoy en mi repaso general he visto que hay cierta contradiccion entre la situacion en que estan los Subdirectores Generales, Subdelegados y Directores Insulares, segun te mires la ley 30/84 o el reglamento de los subdelegados. A ver, ¿estan todos en situacion de servicios especiales salvo que elijan la de servicio activo en sus administraciones de origen?