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9 mayo, 2007 a las 1:33 pm #347991
telekopower
ParticipanteBueno, parece que se va aclarando el tema de la licencia por matrimonio. Hoy han publicado en la página del MAP lo siguiente:
[quote]Se mantienen los 15 días de permiso por matrimonio para los empleados públicos
martes, 08 de mayo de 2007
El Estatuto Básico del Empleado Público no reduce los beneficios actuales
Los empleados públicos que contraigan matrimonio seguirán teniendo 15 días de vacaciones por ese motivo como hasta ahora. En contra de la versión difundida por un sindicato esta mañana, el Estatuto Básico del Empleado Público no modifica la situación actual en este asunto.
La Disposición Final Cuarta, apartado 3, de dicha Ley recoge que “[b]Hasta que se dicten las Leyes de Función Pública y las normas reglamentarias de desarrollo se mantendrán en vigor en cada Administración Pública las normas vigentes sobre ordenación, planificación y gestión de recursos humanos[/b] en tanto no se opongan a lo establecido en este Estatuto”. Por ello, [b]se mantendrá la situación actual en todas las Administraciones[/b], sin ninguna reducción de los beneficios de los trabajadores.
Por si hubiera alguna duda, [b]el Ministerio hará públicas en los próximos días unas Instrucciones para la Aplicación del Estatuto en la Administración General del Estado[/b], antes de su entrada en vigor el próximo día 13. Ese texto recoge en su apartado 7, sobre permisos y vacaciones, que “[b]sigue siendo de aplicación la licencia de quince días naturales en caso de matrimonio, regulada en el artículo 71.1 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 1964[/b]”.
Como todos los empleados públicos conocen, el Ministerio ha aprobado numerosas facilidades para conciliar vida familiar y personal en los últimos años que se incluyen y aumentan en este Estatuto y en otras medidas ya anunciadas.
El Estatuto Básico del Empleado Público ha recibido el apoyo de casi todos los grupos parlamentarios y la totalidad de los sindicatos más representativos. Su elaboración ha durado más de dos años en los que ha sido consultado, negociado y consensuado con los agentes sociales, partidos políticos y numerosos colectivos. [/quote]
[url:hcsm2l61]http://www.map.es/prensa/notas_de_prensa/notas/2007/05/2007_05_08.html[/url]
Entonces, aunque el artículo 71 de la ley de funcionarios civiles, ahora dicen que sigue en vigor… Me da la impresión de que han metido la pata, no se han dado cuenta del gazapo que han metido hasta ahora mismo y sólo se les ha ocurrido esto para solucionarlo…
En lo que a nosotros respecta, ya sabemos, de forma oficial, que las licencias siguen igual que antes, en espera de que se aparezcan esas instrucciones de las que habla la nota del ministerio.
9 mayo, 2007 a las 2:48 pm #347992murcia27
Participantemuchas gracias por la informacion telekopower!! 😆
9 mayo, 2007 a las 6:27 pm #347993epa2
Participanteconfieso que era algo tambien que me tenía intranquilo,, además, si os fijais, en el estatuto básico del funcionario tampoco se habla nada de la excedencia sin retribuir de hasta 3 meses cada dos años de servicios prestados.. y esto más o menos me viene a “confirmar” que todo sigue igual,,,
¡¡¡habeis de aprobar este año sin falta!!!
¿os imaginais el año que viene tener que estudiarse no solo todo el tocho del estatuto básico del funcionario sino tambien todas las decenas y decenas de pequeñas leyes que regularan dicho estatuto??????A APROBAR YAAAAAAAAAAAAAAAA
nos vemos por la feria del tocinooooooooooooooooooo
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