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6 noviembre, 2010 a las 7:42 pm #309200
andrea1974Participantetest laboral 1, pregunta 34.
puede una parte negarse a firmar el acta del juicio?
a) no, las ´´unicas cusas en las que no firmarán el acta serán por ausencia o por no poder fimrar, en cuyo caso se hará constasr asi en el acta
b)si, al igual que no firmará si no esta presente o no puede hacerlo
c)no, en ningun caso puede eximirse una parte de firmar el acta del juicio
d)si, siempre que lo hagan sus representantes o defensores en su nombreme remite al articulo 89.2 de la ley del procedimiento laboral, pero no encuentro ahi nada…
gracias
6 noviembre, 2010 a las 8:16 pm #309201
MAREYParticipanteHola Andrea.
Tras la reforma 13/2009, ha pasado a ser el 89.5, que te copio:
5. El acta prevista en los apartados 3 y 4 de este artículo se extenderá por procedimientos informáticos, sin que pueda ser manuscrita más que en las ocasiones en que la sala en que se esté celebrando la actuación careciera de medios informáticos. El Secretario judicial resolverá, sin ulterior recurso, cualquier observación que se hiciera sobre el contenido del acta. [b]El acta será firmada por el Juez o Tribunal en unión de las partes o de sus representantes o defensores y de los peritos, haciendo constar si alguno de ellos no firma por no poder, no querer hacerlo o no estar presente, firmándola por último el Secretario[/b].
No está actualizada la referencia legislativa, pero podrás ver que la respuesta correcta es la “B”, tal como aparece en el test.
Saludos.
6 noviembre, 2010 a las 8:48 pm #309202
andrea1974ParticipanteMUCHAS GRACIAS POR TU AYUDA!
7 noviembre, 2010 a las 12:20 pm #309203
andrea1974Participantemenos mal que hay buenos compañero que ayudan, por que los administradores, muchas veces brillan por su ausencia…si, ya se, son mas de 9000 preguntas, algo se nos puede escapar…bla bla bla…pero sigo pensando, que en esto, que nos jugamos tanto, no debe de haber ningun fallo, o al menos no tantos. una pregunta mal o bien, nos puede hacer aprobar o suspender.
7 noviembre, 2010 a las 3:13 pm #309204
AnónimoInvitadoLa respuesta es la correcta, como indica Marey en su comentario o aclaración.
El unico error que ha podido cometerse es indicar el apartado 2, cuando es el 5 (la indicación de referencias legislativas en este caso, como valor añadido no ha modificado la opción dada como válida.Por otro lado, aunque es cierto que a veces podemos estar ausentes,,, estamos respondiendo la pregunta que se expone un sábado,,, el domingo, a unas 24 horas de ser subida
Entiendo que podeis estar muy nerviosos, pero creo que en esta ocasión no hemos estado ausentes, lo que es posible que haya sucedido en otras ocasiones, efectivamente, pese a nuestros deseos de que no sea asi.
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