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9 julio, 2019 a las 5:17 pm #329980
DiegoParticipanteBuenas tardes.
A la hora de contabilizar los miembros de la sala de gobierno del tribunal supremo entiendo que son 11 ya que son el presidente, los presidentes de cada una de las salas que son 5 y un número de magistrados igual a éstos que son otros 5 que es lo que dice el artículo 149 de la LOPJ. Mi duda es si debe contabilizarse también al vicepresidente del tribunal supremo pues es miembro nato de la sala según el artículo 592 de la LOPJ, en cuyo caso serían 12.
Del mismo modo he visto que la sala de gobierno de la audiencia nacional la forman un total 7 miembros y que los tres miembros natos de esta sala de gobierno son los de lo penal, contencioso y social. En tal caso ¿la sala de apelación no cuenta a la hora de estimar el número de miembros de esta sala?10 julio, 2019 a las 8:38 am #329981
barbarullaParticipanteHola Diego, mira este link:
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Sala-de-Gobierno/Composicion/Incluyen al vicepresidente, tiene voz pero no voto, pero ahí está incluido. A efectos de una pregunta referida directamente al artículo de laLOPJ quizá yo lo excluiría.
En cuanto a la Audiencia Nacional, habla de 8 miembros (mira la pestaña del link) y habla de salas de los diferentes órdenes jurisdiccionales, por eso la de apelación no contaría al ser penal también.
A ver que piensan Baldo y Ana María.
10 julio, 2019 a las 9:36 am #329982
DiegoParticipantemuchas gracias!!! ^^. Respecto a la audiencia nacional no había contado al presidente por que mi duda residía al hacer referencia “número magistrados igual a de los presidentes de sala”. Me queda ahora claro sabiendo que la sala de apelación es la penal también.
Lo cierto era que miré los links y precisamente por eso me surgió la duda al ver los 12 miembros en la sala de gobierno del TS y ver había que no se contaba con el vicepresidente en el art. 149 y sí en el 592.
Insisto mil gracias por tu ayuda!10 julio, 2019 a las 4:29 pm #329983
Ana-MariaParticipanteAsí es, en el link que señala barbarulla, consta la composición.
En todo caso, dependerá de cómo formulan la pregunta y las opciones ofrecidas.
Gracias a ambos por participar.11 julio, 2019 a las 3:19 pm #329984
DiegoParticipantePor cierto me he dado cuenta y quizás por las prisas que los miembros de la sala de gobierno de la audiencia nacional son 7, en la lista de la web salen 8 pero es que uno de ellos es el secretario de gobierno. No me he dado cuenta ni yo hasta que caí en la cuenta casualmente ^^.
12 julio, 2019 a las 7:49 am #329985
barbarullaParticipanteSi, lo se Diego, pero de hecho tiene voz y voto. Habría que considerarlo miembro o no?. En la web del poder judicial dice exactamente “La Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional está integrada por ocho miembros”. Pero creo que a efectos de que la pregunta se refiera a la LOPJ habría que contestar 7. UF, mejor que no caiga una pregunta sobre este tema.
12 julio, 2019 a las 8:08 am #329986
Ana-MariaParticipanteNo se preocupen, seguro que si preguntan sobre ello, lo harán indicando ley y artículo.
Mucho ánimo y bien fin de semana!12 julio, 2019 a las 7:18 pm #329987
DiegoParticipantePero aun a riesgo de equivocarme sino recuerdo mal y según dice el artículo 152 de la LOPJ solo tiene voto cuando se tratan de asuntos referidos a las oficinas judiciales o a los letrados de la admon de justicia ¿se puede generalizar a partir de ahí el hecho de que tiene voz y voto?
Espero que ante tanta ambigüedad, como bien decís en la pregunta especifique exactamente el art. Como caiga una pregunta directa en plan
“cuántos son los miembros de la sala de gobierno de la audiencia nacional” y entre las opciones salga 8 o 7 al menos nos echaremos unas risas 😛
un saludo^^ -
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