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dudas

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #315897
    gabrie
    Participante

    Repasando la división de la herencia, me han surgido un par de dudas sobre los acreedores.
    Primera: Los acreedores del apartado 5 del artículo 782, ¿ son diferentes de los del apartado 4 de dicho artículo?
    Segunda: ¿ Si son diferentes, son los únicos acreedores, que pueden asistir a la junta para designar contador y perito?

    #315898
    J2C2
    Participante

    Buenos días, gabrie.

    Los acreedores que tú dices son los mismos. En cuanto a la posibilidad de asistir a la junta de los acreedores sólo es posible si están personados en el procedimiento. Si no están solo pueden asistir a la junta si concurren en el día señalado y aportan sus respectivos títulos.

    Saludos.

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