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duda jucio verbal

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #309313
    mariquer69
    Participante

    Si la demanda se admite en el juicio verbal se dicta decreto.
    O se dara cuenta de ella….. en este caso el juez dicta auto.
    Contra ese auto de admisión cabe recurso?
    El de inadmisión lo dice claramente el art. 455.3

    Gracias. Animo.

    #309314
    Academia Opositas
    Participante

    Entendemos que al ser admisoria de la demanda no cabria recurso. No obstante hemos de estar atentos a lo dispuesto en el precepto que transcribo, si el Tribunal no admite las peticiones que se formulen en la demanda.

    [quote]

    Artículo 448. Del derecho a recurrir.

    1. Contra las resoluciones de los Tribunales y Secretarios Judiciales que les afecten desfavorablemente, las partes podrán interponer los recursos previstos en la Ley.

    2. Los plazos para recurrir se contarán desde el día siguiente al de la notificación de la resolución que se recurra, o, en su caso, a la notificación de su aclaración o de la denegación de ésta.

    [/quote]

    Saludos.

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