Por ejemplo el demandante en su demanda puede solicitar que el demandado exhiba determinados documentos que son necesarios para la vista, y que la parte actora no puede disponer porque son del demandado como por ejemplo nóminas, contratos, escrituras…. En este caso, al admitirse la demanda el secretario o el juez determinará si el demandado debe presentarlos con anterioridad a la vista, o incluso en la misma vista.
Por otro lado, el demandado al contestar la demanda puede hacer lo mismo, y solicitar que la parte actora exhiba determinados documentos.
Y por último, también en la audiencia previa se puede hacer esta solicitud.
Saludos.