Hola,
Se refiere a dos articulos distintos de la constitucion y por lo tanto a dos cosas distintas.
La cuestion de confianza viene regulada en el art. 112 de la costitucion, y la plantea el presidente del gobierno sobre su programa o sobre una declaracion de politica general. En este caso es suficiente mayoria simple del congreso para que se considere otorgada tal confianza.
En el primer caso del que hablas, es cuando el congreso debe dar su confianza a un candidato, propuesto por el Rey como nuevo presidente tras las elecciones. Entonces, necesitara en primera votacion mayoria absoluta o mayoria simple en segunda votacion 48 horas despues.
Art. 99.
Espero haberme explicado, que a veces solo me entiendo yo.
Saludos.