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aportación de dictámenes periciales

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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #316093
    gabrie
    Participante

    ¿En los juicios verbales, en que la contestación a la demanda no sea de forma escrita, donde aporta el demandado el dictamen pericial?

    #316094
    gabrie
    Participante

    [quote=”gabrie” post=93015]¿En los juicios verbales, en que la contestación a la demanda no sea de forma escrita, donde aporta el demandado el dictamen pericial?[/quote]supongo que será en vista, pero al estudiar la sección del dictamen de perito me ha creado dudas

    #316095
    camaji
    Participante

    Hola Gabrie.

    El demandado aportará el dictamen pericial con la contestación de la demanda, y en el caso de que no pueda aportarlo, deberá hacerlo, según el art. 337 con cinco días de antelación a la vista.

    Saludos.

    #316096
    aliche74
    Participante

    Hola Gabriel
    Tú duda en cuanto a la aportación del dictamen pericial en los juicio verbales, la tienes solventada en el articulo 265 en su apartdo 4 LEC, que dice textualmente” En los juicios verbales el demandado aportará los documentos, dictámenes e informes en el acto de la vista”. Espero haberte ayudado.

    #316097
    gabrie
    Participante

    Gracias otra vez por vuestra ayuda

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