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Apelacion en verbal de menos de 900 euros

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Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
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    Entradas
  • #300573
    Rufoblanco
    Participante

    Hola, bg! Me ha surgido una duda y me gustaria que me dieses tu opinión o me la resolvieses. En un juicio verbal de menos de 900 euros, las partes asisten a la vista sin asistencia ni representación alguna, hasta ahí bien. La Juez dicta Sentencia y la parte que sale perjudicada anuncia la preparación del recurso de apelación dentro de los cinco días y luego dentro de los veinte días interpone el recurso de apelación. Mi pregunta es la siguiente: En la anunciacion del recurso y posterior interposición del mismo, es necesario que vaya firmado por abogado que le asista y procurador que le represente, como asímismo, la parte que interponga la impugnación al recurso? La LEC, no aclara esta cuestión al respecto, pero creo que al tratarse de resolver el recurso en la segunda instancia e inciarse otro procedimiento que es el de apelación, porque el de primera instancia finaliza con la Sentencia, debería ir firmado por ambos profesionales. No se si he acertado con la respuesta, pero me gustaria que me lo aclarases. Saludos.

    #300574
    Rufoblanco
    Participante

    Decir que esta pregunta, tambien va dirigida a cualquier administrador de la academia o cualquiera que supiera aclarar o responder a la cuestión.
    Es un hecho que se produce en los asuntos civiles en algunas ocasiones y el legislador de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se le olvidaría este caso a la hora ponerlo. Saludos desde Ciudad Real.

    #300575
    Anónimo
    Invitado

    Efectivamente, rufo, la materia es “cuanto menos”, complicada de responder.
    En principio, los arts. 23 y siguientes de la LEC al establecer la exigencia de Abogado y Procurador, excluye las reclamaciones en juicio verbal cuya cuantía no supere los 900 euros.
    Por otra parte, los arts. 448 y siguientes de la misma ley, en ningún momento exigen la presencia de dichos profesionales.
    En principio, tengamos en cuenta ambos preceptos y a partir de ahí responderemos.
    no obstante, me permito comentar tu pregunta y entiendo que la fase de recurso no se trata de un nuevo procedimiento, sino una instancia más del mismo procedimiento. Entiendo que si para la instancia no se exige la postulación procesal, tampoco habría de exigirse en segunda instancia. En cualquier caso, literatura existe al respecto e intentaremos copiar en este post alguna de ella.

    En mi “pie de página”,siempre indico “salvo mejor opinión”. En este caso la reitero de forma expresa

    #300576
    Anónimo
    Invitado

    Abundando en lo que acabo de exponer, os dejo un enlace, donde podemos seguir interpretando de la misma forma. Asi lo entiendo, aunque el debate puede ser interesante.
    [url=http://www.derecho-internet.org/files/CGPJ_menos_de_900_euros.pdf]http://www.derecho-internet.org/files/C … _euros.pdf[/url]

    Saludos

    #300577
    Rufoblanco
    Participante

    Otra duda sobre el mismo tema.
    En el caso de tramitarse los recursos, es decir, en la primera instancia sin la firma de ambos profesionales y cuando hayan de elevarse a la Audiencia Provincial a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto, si esta Audiencia se encontrase en partido judicial distinto al de la primera instancia, tampoco haría falta ambos profesionales?
    Se que esto es un debate de lo que podriamos alargar durante un cierto tiempo, pero esta carencia de la LEC, invita a debatir.
    Saludos.

    #300578
    Anónimo
    Invitado

    Entiendo “rufo” que estamos en la misma situación y que esa circunstancia no motivaría una modificación en lo que hemos expuesto anteriormente.

    Es bueno debatir; saldremos de dudas así.
    Gracias por usar los foros “de tu casa”.
    Saludos

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