Hola.
Para la modalidad de procedimiento simplificado recogida en el art. 249 del Estatuto de Autonomía, ¿cuál es la votación del Parlamento andaluz? El procedimiento ordinario necesita de 2/3, y en el Reglamento del Parlamento se dice genéricamente que se necesitan 3/5.
Entiendo que para la modalidad del art. 248 prevalecen los 2/3 indicados en dicho artículo, pero en cuanto a la modalidad simplificada no me queda claro.
Saludos.