Cr, tengo una duda sobre el recurso de amparo.
Hasta ahora, en AGE lo he estudiado de esta forma: Cuando se debe a violaciones de los derechos y libertades que tuvieran origen por un acto u omisión de un órgano judicial, para interponerlo, será dentro de un plazo de 30 días.
🙄 Atención aquí va la pregunta: ¿por qué en el temario de JCCM el plazo es de 20 días?
¿cuál es el plazo real? Supongo que uno de los dos está equivocado.
Yo me quedaría con los 30 días, pero prefiero asegurarme.
Mil gracias anticipadas.