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5 mayo, 2010 a las 3:03 am #376650
pablovlc
ParticipanteHola a todos!
CR, en cuanto al estudio del tema9, en la tutoría del mismo que hay colgada en el apdo. esquemas y resúmenes, del material de apoyo, comentas que cuando llegamos a lo que llamas funciones (imagino que son las atribuciones del 2.3.1.), hay que distinguir, sobre todo en un primer estudio, entre las del Alcalde y las del resto. No me queda claro si te refieres exclusivamente a las del Alcalde o si, en ese mismo paquete del Alcalde, hemos de incluir las del Pleno del Ayto y las de la Junta de Gob del Ayto, puesto que están todas en la columna izda de cada hoja. Cuando dices que no es necesario profundizar en exceso en las funciones del Pleno y d la Junta, porque ya sabemos quién es quién en el Ayto…¿Te refieres entonces a saberse de lujo todas las funciones que tengan que ver con el Ayto (su Alcalde, el Pleno y la Junta) y que eso nos facilitará el estudio de las de la Dipu en la parte dcha?
También leí que este año pondrías algún esquemilla más, aparte de la importancia de que cada uno se haga los suyos propios. Si pusieras con el tiempo alguno del estatuto sería genial. Los de la CE son buenísimos, pero el Estatuto, en esta opo, es igual de importante o más!
Para los novatos en el Estatuto, a este tema y al 10 creo que debemos dedicarle especial atención.
Muchas gracias CR6 mayo, 2010 a las 12:15 pm #376651Academia Opositas
ParticipanteHola Pablovlc:
me refiero exclusivamente a las del Alcalde que tienen una importancia mayor que el resto. El hecho de dominar dichas funciones te permitirá poder ubicar el resto, tanto por descarte (entre otros órganos del Ayuntamiento) como por similitud (entre otros presidentes de diputación o cargos similares).
El resto de funciones de este tema hay que “verlas”, sabiendo qué es lo que estamos leyendo o a lo que se refieren, pero sin hacer un estudio profundo ni “de memoria”.
Sobre los esquemas del Estatuto, tomo nota porque sin duda que os resultarán de ayuda. Muchas gracias por tu aportación para que mejoremos el material.
Un saludo
6 mayo, 2010 a las 5:18 pm #376652Luisa_Bcn
ParticipantePerdonar mi ignorancia pero después de leer la Tutoría del Tema 9 tengo una duda: la ley de bases del régimen local es única (ley 7/85 del 2 abril) o hay una específica para Castilla La Mancha? Gracias
7 mayo, 2010 a las 9:59 am #376653Academia Opositas
ParticipanteLuisa_Bcn, también está la ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha, donde se regula la fusión y segregación de municipios y con la que trabajamos en el tema 9.
Un saludo
7 mayo, 2010 a las 10:58 am #376654Luisa_Bcn
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